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MADRID.-Fiscalía pide el ingreso inmediato en prisión del profesor del colegio Valdeluz condenado por 12 delitos de abuso sexual

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía de Madrid ha pedido este mediodía el inmediato ingreso en prisión del profesor del Colegio Valdeluz Andrés D.D., condenado a casi 49 años, por la «gravedad de los delitos», han informado a Europa Press fuentes del Ministerio Fiscal.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado 5 meses y 21 días de cárcel por la Audiencia Provincial de Madrid por doce delitos de abusos sexuales cometidos contra alumnas de este centro entre entre 2004 y 2014.

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Así consta en la sentencia, fechada a 3 de julio y a la que ha tenido acceso Europa Press, donde se recoge que el condenado la prohibición de acercarse a sus víctimas a una distancia no inferior a 500 metros, ni a su domicilio ni lugar de trabajo, además de comunicarse con ellas, durante un periodo de 4 años.

Tras un estudio detallado del caso, el Tribunal concluye que el acusado era un profesor «querido y valorado», y su relación con sus alumnos y alumnas era «cercana y cariñosa»; organizaba fiestas en la academia, así como viajes de estudios, y en verano, barbacoas en su casa, «sintiendo por él todas las denunciantes una admiración superior a la normal».

Según el tribunal, esa cercanía que tanto ponía en práctica la aprovechó el acusado «para tocarlas y satisfacer su deseo e impulso sexual, comenzando con besos, abrazos, cosquillas, hasta ir aumentando los toqueteos progresiva y gradualmente en el tiempo, poco a poco, llegando a manosear piernas hacia ingles y zona vulvar e interior de los muslos, espaldas, senos y nalgas».

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De hecho, añade que llegó a restregar «en alguna ocasión su pene en sus espaldas o llevando el acusado la mano de alguna de ellas a su miembro, por fuera de la ropa». Asimismo, «llegó a introducir sus dedos en la vagina de algunas de ellas, escudándose muchas veces en la necesidad de llevar a cabo correcciones posturales mientras estaban sentadas tocando el piano».

En otras ocasiones, aprovechando la atención de los alumnos/as a la pantalla donde se proyectaban -en penumbra- audiovisuales musicales, llevaba a cabo también tocamientos sobre las menores, a quienes sentaba a su lado.

Individualizadamente la sentencia analiza la conducta que se llevó a cabo sobre cada una de las víctimas que se recogen en los hechos probados. Solamente sobre dos de ellas no se considera acreditada la conducta. En un caso, dada la retractación total en el acto del juicio de cuanto había declarado hasta ahora en el sumario, y en otro, dada una insuficiencia de prueba a la luz de las exigencias que ya se han comentado; especialmente en cuanto a los elementos corroboradores.

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