La Comunidad de Madrid está llevando a cabo una reestructuración de sus distinciones honoríficas destinadas a reconocer el prestigio de personas e instituciones. El Consejo de Gobierno ha revisado el anteproyecto de Ley que regula las principales condecoraciones, las cuales serán la Medalla de Oro, la Medalla Internacional y la Gran Cruz de la Orden del Dos de Mayo.
Esta última distinción, que se otorgará durante las celebraciones del 2 de mayo en conmemoración del Día de la Comunidad de Madrid, destacará los méritos de personas, instituciones, grupos o colectivos que hayan contribuido significativamente al progreso, especialmente en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Por otro lado, la Medalla de Oro se concederá por los servicios prestados a la sociedad en general, a propuesta de la presidenta regional, limitándose a dos condecoraciones al año, salvo en casos excepcionales.
La administración autonómica reducirá de esta manera el número de reconocimientos de seis a tres, eliminando dos grados de la Orden del Dos de Mayo (la Encomienda de Número y la Cruz) y la Medalla de Plata. Aquellas personas que hayan sido condecoradas anteriormente conservarán el tratamiento y honores correspondientes a dichas distinciones.
Adicionalmente, la normativa destacará explícitamente la antigüedad de las tres condecoraciones. La Medalla de Oro de la Comunidad de Madrid fue establecida mediante la Ley 3/1985, de 22 de marzo; la Gran Cruz de la Orden del Dos de Mayo fue instituida según el Decreto 91/2006, de 2 de noviembre, del Consejo de Gobierno; y la Medalla Internacional de la Comunidad de Madrid fue creada mediante el Decreto 145/2017, de 12 de diciembre.