Era una cicatriz, aún dolorosa, en pleno centro de la capital. El histórico frontón Beti-Jai, situado en la calle del Marqués de Riscal, 7 del distrito de Chamberí, construido en 1894, dejó en 1919 de cumplir su función como recinto para jugar a la pelota vasca, sucediéndose diversos usos, como comisaría de policía y cárcel, espacio de ensayos para las bandas de música de la Falange Española, escuela militar o taller de coches, entre otros.
Y pese a que en 2011 fue declarado Bien de Interés Cultural, lo cierto es que su estado durante lustros fue cercano a la ruina. Hasta hoy. Porque el Ayuntamiento de Madrid ha aprobado inicialmente en la Junta de Gobierno el nuevo Plan Especial para este espacio, con el objetivo de poner en valor este edificio singular y permitir que, definitivamente, entre en funcionamiento y lo disfruten los ciudadanos al ofrecer mayor flexibilidad de usos.
Con el nuevo plan, se corrige la limitación que tenía el inmueble y lo catalogaba como de uso exclusivamente deportivo, ampliando los usos asociados y alternativos para que se pueda disfrutar. Así, se incorpora el uso de equipamiento en sus categorías de cultural y educativo como uso alternativo, en coexistencia con el actual uso deportivo. Además, el plan corrige las deficiencias del anterior, aprobado en 2017 y anulado por el Tribunal Superior de Justicia en noviembre de 2018 por ausencia de estudio económico-financiero, de estudio acústico e insuficiencia de varios informes.
La declaración de BIC sigue intacta… aunque se permite la cubrición
Según indican desde el Consistorio, con este nuevo régimen de usos, más amplio, se facilitan las condiciones para la puesta en funcionamiento del Beti-Jai al servicio de la ciudad, sin perjuicio de la protección de las características arquitectónicas del Frontón ni de que se puedan reservar o priorizar actividades de carácter deportivo, incluso de tipo pelota.
De hecho, la declaración BIC (Bien de interés Cultural) cita como uso característico el deportivo, si bien se estima que podría albergar otros usos siempre que se respeten los valores fundamentales que definen el inmueble y su incorporación sea compatible con los criterios de intervención descritos en el Decreto de declaración, entendiendo como tales la comprensión de su configuración espacial, los materiales y sistemas constructivos originales y la decoración propia de cada una de sus partes.
Asimismo, este nuevo Plan también establece algunas prescripciones particulares, entre las que destaca la posibilidad de cubrir el inmueble:
- Se podrá autorizar el cubrimiento del patio y de la cancha de juego en las condiciones previstas en las Normas Urbanísticas, de modo que la superficie cubierta no compute a efectos de edificabilidad. Siempre que se ajuste a lo establecido, la cubierta será traslúcida, ligera y disociada de la edificación, sin afectar a los valores que motivaron la declaración del inmueble como BIC, de forma que desde el espacio interior se pueda seguir apreciando con nitidez el tratamiento de fachada urbana, creando la percepción de plaza pública.
- El incremento de un 10% sobre la edificabilidad existente se podrá autorizar, en su caso, situado bajo la cancha de juego.
- No se podrá autorizar la alteración de la envolvente del edificio.
Tras esta aprobación inicial, el Plan se someterá al correspondiente periodo de información pública antes de su aprobación definitiva.