Gran paso adelante en la Comunidad de Madrid en el proceso de desescalada y reapertura de negocios. Desde el 21 de junio, los locales de ocio nocturno (bares de copas y discotecas) y los centros de mayores con actividades sociales y culturales de la región pueden abrir de nuevo sus puertas, y volverán a estar permitidos los bailes al aire libre en las bodas, el servicio de autoservicio en hostelería y las atracciones de ferias en verbenas y fiestas populares.
Pero no son las únicas novedades que publica el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Las desgranamos a continuación:
El ocio nocturno vuelve a la vida
Finales de agosto de 2020. Esa fue la última vez que los locales de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid tuvieron autorización para abrir para el propósito para el que están concebidos (recordemos que desde octubre tuvieron la ocasión de hacerlo reconvertidos en bares y cafeterías, por lo que ahora pueden abrir hasta la una de la madrugada con esta funcionalidad).
Desde este momento, las discotecas, bares de copas, salas de baile, café espectáculo y salas de fiesta podrán recuperar su actividad original hasta las 03:00 horas, no pudiendo recibir nuevos clientes desde una hora antes, con aforo del 50% en interiores y del 75% en las terrazas.
Se podrá bailar exclusivamente en espacios al aire libre delimitados, con distancia de seguridad y mascarilla obligatoria, y en ellos no podrán consumirse bebidas.
Las pistas de baile interiores no podrán utilizarse como tal, pero sí habilitarse para instalar mesas manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros.
Los locales deberán tener ventilación adecuada por medios naturales o mecánicos y pautas de apertura de puertas y ventanas para ventilar al máximo posible, además de medidores de CO2.
En caso de que la concentración de CO2 supere las 1.000 partes por millón, deberá incrementarse la ventilación o disminuir el aforo hasta que se sitúe por debajo de ese indicador.
Un día en un centro de mayores
Los 213 centros de ocio para mayores de la región, que llevaban 15 meses cerrados, retoman la actividad con cita previa y la prohibición de algunas actividades que requieran contacto, como los bailes no individuales.
Además de medidas de ventilación y renovación del aire, uso de mascarillas y distancia interpersonal, habrá un registro de entrada y salida de trabajadores y de usuarios.
El personal del centro indicará el acceso de los mayores a la hora de la cita o del comienzo de la actividad y las indicaciones para llegar a la sala correspondiente.
Para actividades de restauración, gimnasio, sala de fisioterapia, talleres, biblioteca o actividades culturales deberán cumplirse las medidas establecidas para cada una de estas actividades.
Además de la gimnasia de mantenimiento, el taichí o el teatro, se permitirán las salidas culturales y de ocio al exterior, las actividades musicales como canto, coral o ensayo de grupos que se realicen al aire libre.
Hostelería, espectáculos, fiestas, liturgias religiosas…
En los establecimientos de hostelería y restauración se recupera el uso de la barra exclusivamente para la recogida de bebida y comida por los clientes para su consumo en mesa.
El aforo interior se mantiene al 50% y al 75% en el exterior, así como la distancia mínima de 1,5 metros entre mesas, cuya ocupación máxima es de seis personas en el interior y ocho al aire libre.
Los restaurantes con zonas de autoservicio o bufé podrán retomarlo con distancia de seguridad interpersonal, uso obligatorio de la mascarilla y circuitos unidireccionales de tránsito de clientes, con la debida protección de alimentos y bebidas para evitar su contaminación por los clientes.
En las celebraciones de ceremonias en establecimientos de hostelería, con aforo del 60%, el consumo de bebidas y comida será exclusivamente sentado en mesa, y se podrá bailar al aire libre en los locales que tengan dicha licencia, aunque manteniendo la distancia interpersonal y con mascarilla.
Por otro lado, en recintos de espectáculos públicos, incluidas las plazas de toros, el público permanecerá sentado en localidad preasignada, con un 50% de aforo, mascarilla obligatoria y quedando una localidad vacía entre grupos de personas (seis como máximo) que adquieran las localidades conjuntamente.
Las fiestas populares y verbenas podrán autorizarse por la autoridad sanitaria siempre que la situación epidemiológica lo permita, y los ayuntamientos podrán autorizar la instalación de atracciones de feria ambulante respetando las medidas preventivas.
Los establecimientos de juegos y apuestas podrán funcionar hasta las 03:00 horas, sin admitir nuevos clientes desde las dos de la madrugada.
Además, en las zonas de estancia de las piscinas se mantendrá la distancia de seguridad entre los grupos, mediante señales en el suelo y todos los objetos y toallas deben permanecer dentro de dicho perímetro.
En cuanto a las ceremonias religiosas, se permitirá el uso de agua bendecida y la realización de abluciones rituales en lugares de culto.
Imagen portada: Joy Eslava