El Consejo Rector de la Agencia de Actividades del Ayuntamiento ha aprobado el primer Plan de Inspección Urbanística Municipal de la ciudad de Madrid. Se trata de un documento con una vigencia bienal (2024 y 2025) que establece una serie de objetivos y líneas de actuación para el ejercicio de sus competencias en materia de comprobación, inspección, restablecimiento de la legalidad y sancionadora.
La Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid (OLDRUAM), incorporó a la normativa municipal la figura de los Planes de Inspección Urbanística como instrumento destinado a organizar la actividad inspectora del Consistorio en materia de ejecución de obras, implantación y desarrollo de actividades. Dos años después de la aprobación de la OLDRUAM, el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, dirigida por Borja Carabante, ha sistematizado las diferentes campañas de inspección de la Agencia de Actividades y las ha ordenado en un único plan.
Entre las acciones que contempla este plan, destacan la comprobación de que las obras y las actividades cuentan con el correspondiente título habilitante y que se ajustan al mismo, así como la denuncia de las actuaciones urbanísticas no amparadas en ese título y la restauración tanto del orden jurídico infringido como de la realidad física alterada, la resolución de los procedimientos de suspensión o anulación de las actividades, y el resarcimiento por los daños causados y la instrucción de los procedimientos sancionadores. El plan incluye un modelo de control destinado a prevenir y minimizar los riesgos de irregularidades mediante la comprobación preventiva.
El documento define siete líneas de actuación preferentes orientadas a dar cumplimiento a sus objetivos:
- La supervisión y control del cumplimiento de la normativa urbanística en las viviendas de uso turístico
- El control de locales y establecimientos de ocio nocturno con actividades recreativas o espectáculos públicos considerados de atención preferente por presentar una acumulación de denuncias, quejas y antecedentes, en los que se comprobará durante el ejercicio de su actividad las condiciones de seguridad, el aforo y que la actividad desarrollada se ajuste a la autorizada
- La promoción del ocio seguro en locales de espectáculos públicos y actividades recreativas verificando las condiciones básicas de seguridad fijadas por los servicios municipales
- La promoción del cumplimiento de las condiciones medioambientales básicas preferentemente en Zonas de Protección Acústica Especial
- El control de las deficiencias de las actividades
- La colaboración con empresas y establecimientos para la mejora de las actuaciones inspectoras
- La formación especializada del personal que desempeña la función inspectora a través de cursos, jornadas y seminarios.
Inspecciones y normativa autonómica y municipal
Los titulares de actividades o locales que estén incluidos en las previsiones del plan podrán solicitar voluntariamente la inspección a través de las Entidades Colaboradoras Urbanísticas (ECU) para el control y la posterior verificación del cumplimiento de la normativa.
Fruto de esas inspecciones, y para garantizar el cumplimiento de la legalidad, se podrán acordar medidas tales como el cese de aquellas viviendas turísticas o establecimientos que no dispongan del preceptivo título habilitante para su ejercicio, la pérdida de efectos de la declaración responsable, la suspensión de la licencia o su revocación, medidas que serán compatibles con la imposición de las sanciones que prevé la normativa.
En lo que concierne a la promoción del ocio seguro en locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, preferentemente en Zonas de Protección Acústica Especial, se informará a los titulares de los establecimientos de los requisitos y elementos que serán inspeccionados y se fijará un día para la práctica de la inspección.
Una aplicación para digitalizar la actividad económica
En el marco del nuevo Plan de Inspección Urbanística Municipal se contempla la creación de una aplicación informática y de gestión que ofrezca información actualizada de la normativa vigente y permita realizar una preinspección a través de un simulador o facilitar cualquier documentación requerida por el Ayuntamiento. Este sistema potencia la inspección en positivo y el autocontrol. Distinguirá mediante sellos de calidad, ránkings y otras fórmulas el cumplimiento voluntario de la normativa.
Balance 2023
En 2023 el Servicio de Inspección y Disciplina de la Agencia de Actividades (ADA) registró 4.986 denuncias frente a las 6.673 del año anterior, lo que representa una disminución del 25 %. De todas ellas, el 50,7 % (2.529) proceden de ciudadanos, asociaciones de vecinos y otras entidades particulares, el 25,2 % fueron presentadas por la Policía Municipal mientras que el 17,1 % provenían de los servicios dependientes del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y, por último, el 7 % de las denuncias fueron presentadas por otras dependencias.
En 2023, se iniciaron un total de 1.454 expedientes para realizar inspección de obras y actividades y los técnicos inspectores del Servicio de Inspección y Disciplina llevaron a cabo 1.968 inspecciones. El pasado año se incrementó el número de inspecciones realizadas por la Agencia de Actividades un 17 % respecto a 2022. En materia de disciplina urbanística, el incremento fue del 31 %.