Cualquier que haya ido a un bar en Madrid (o en cualquier rincón de España) lo sabe. Somos muy «de barras». Esa cerveza de después del trabajo, o el primer café de la mañana, preferimos tomárnoslo de pie, apoyados justo al otro lado del regidor del establecimiento, en vez de estar cómodamente sentados en una silla con su mesa.
Una tradición que con la Covid habíamos perdido (porque no estaba permitida) y que ya es de nuevo una realidad: La Comunidad de Madrid ha publicado en el Boletín Oficial regional la Orden 262/2022 de la Consejería de Sanidad, que recupera el consumo de pie en las barras de establecimientos de hostelería y restauración, incluidos los salones de banquetes.
Con esta nueva normativa, ya en vigor, vuelve a ser posible, por ejemplo, la celebración de cócteles/catering de pie, eliminando la limitación actual que obligaba a que la ingesta se hiciera sentado.
Cambios también en los horarios
Además de esta norma, se aclara también el horario de las terrazas en establecimientos autorizados, estableciendo su horario máximo de cierre al aplicable a aquellas anexas o accesorias a bares, cafeterías o restaurantes, salvo en el supuesto de que los locales y recintos de los que dependen disfruten de un horario menor, en cuyo caso la hora máxima de clausura corresponderá con la que tiene asignada el respectivo negocio.
Por otro lado, se suprime la medida temporal que flexibilizaba la contratación de determinado personal en aquellos centros que tuvieran dificultad para encontrar trabajadores disponibles de las distintas categorías profesionales del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia relacionadas con el cuidado de las personas en centros residenciales, de día o servicios de atención domiciliaria, siempre y cuando se acreditara la inexistencia de demandantes de empleo con las titulaciones especificas necesarias en la zona donde estuviera ubicado.
Imagen portada: Telemadrid