Un vecino de Coslada ha logrado, tras acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, liberarse de una deuda de 97.451,94 euros que contrajo con varias entidades crediticias por su adicción al juego, tras considerar un juzgado de dicha localidad la ludopatía no puede suponer en ningún caso indicio de mala fe, debido a que se trata de una enfermedad.
Así lo ha destacado en una nota de prensa la Asociación de Ayuda al Endeudamiento Familiar, que ha asesorado al ciudadano y tramitado íntegramente su expediente consiguiendo la sentencia este mismo mes de septiembre.
A finales de 2018, este vecino madrileño había acumulado casi cien mil euros en préstamos y tarjetas, para satisfacer su necesidad de jugar y apostar. Según señala la asociación, y ante la imposibilidad de devolución, esto se tradujo en constantes amenazas por parte de empresas de recobro y notificaciones judiciales de aviso de embargo.
Tras pedir ayuda psicológica para tratar su enfermedad y declararse insolvente, decidió recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad, gracias a la cual ha quedado exonerado de sus deudas.
Cómo ampararse a esta medida
El primer requisito es sin duda el más importante: debe acreditarse la buena fe del deudor. Para ello, resulta indispensable no tener antecedentes penales económicos y proponer un plan de pagos acorde a sus ingresos a todas las financieras. Se trata de un último esfuerzo que exige la Ley para que los acreedores tengan la opción de cobrar algo.
Con esta sentencia los acreedores de la concursada han visto cómo sus créditos han sido cancelados. Ya no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en ficheros de morosos al ya ex-deudor. Eso sí, no podrá volver a solicitar la liberación de sus deudas en los próximos diez años.