Después del tsunami generado por el documento del Ministerio de Sanidad con las normas para la desescalada, recurso (aceptado) ante la Audiencia Nacional incluido, el escenario ha cambiado de manera radical en apenas una semana y parece que, por fin, habrá un consenso entre todas las regiones después de la revisión del texto.
La solución pasará, según se ha desprendido de la última reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud Madrid, por dar libertad a las comunidades autónomas para eliminar las restricciones fijadas en la hostelería y el ocio nocturno. Una decisión que ha obtenido, esta vez sí, el voto favorable de Madrid.
De hecho, la modificación se ha aprobado por unanimidad.
Nada que ver con el anterior documento, mucho más restrictivo, y que obtuvo el voto negativo de Madrid y otras cuatro comunidades autónomas (Andalucía, Murcia, Galicia y Cataluña). Unas medidas que llegaron a publicarse el sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Sanidad apuesta ahora por la «libertad»
El nuevo documento aprobado por unanimidad este miércoles da libertad a las comunidades autónomas para eliminar las restricciones a la hostelería y para ampliar el horario del ocio nocturno si su situación epidemiológica lo permite.
Este nuevo documento del Ministerio plantea «recomendaciones», a diferencia de lo que ocurrido hace una semana con el texto aprobado en el Consejo Interterritorial.
Respecto al ocio nocturno, la orden ministerial contemplaba la reapertura de estos locales hasta las 3 de la madrugada y con determinadas condiciones en los territorios de menor incidencia (nivel 1 de riesgo o nueva normalidad), es decir, los que cuentan con menos de 50 casos por cada 100.000 habitantes.
También daba la opción de que las comunidades con un nivel 2 de alerta (con una incidencia de entre 50 y 150), como es el caso de Madrid, reabrieran estos locales si los indicadores de ocupación de camas hospitalarias y de UCI y la tasa de positividad presentan una «evolución favorable».
En el caso de la hostelería, la orden establecía el cierre hasta la una de la madrugada como máximo, sin poder admitir nuevos clientes a partir de la madrugada, y fijaba aforos en función de la situación epidemiológica.
Así, en los territorios fuera de los niveles de riesgo el aforo permitido era de 50 % en interior pudiéndose incrementar en un 10 % si se garantiza un alto nivel de ventilación, mientras que en las terrazas al aire libre se podían ocupar la totalidad de las mesas.
En cambio, en el nivel de alerta 2 el aforo en interior se reducía a un tercio y en exterior a un 75 %, en ambos casos con una ocupación máxima por mesa de seis comensales.