La Comunidad de Madrid ha emitido este jueves una orden que permite a los policías locales controlar e inspeccionar apartamentos y viviendas de uso turístico para “atajar la celebración de fiestas ilegales en su interior” mientras dure la pandemia.
El Gobierno regional ha alertado de que esta actividad, que viola la vigente normativa covid-19, la cual prohíbe taxativamente las reuniones de no convivientes en domicilios«, es un fenómeno que «viene detectándose en los últimos tiempos de pandemia», por lo que se ha decidido reforzar el control policial.
Controles en las fiestas ilegales mientras estén vigentes las normas anti-covid
De esta manera, tal y como señala la orden publicada este jueves, los agentes de los 112 cuerpos de policía local de la región podrán realizar «labores de comprobación, vigilancia y control de los apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico», para que se haga cumplir la regulación sobre el uso de estas viviendas.
La orden, firmada por el consejero de Justicia, Interior y Víctimas, Enrique López, cuenta con el visto bueno de la Dirección General de Turismo, y su efectividad «se prolongará mientras continúen vigentes las normas dictadas por la autoridad sanitaria para hacer frente a la pandemia», señala el Gobierno regional en una nota de prensa.
Las viviendas de uso turístico no pueden utilizarse para otros fines
La Comunidad de Madrid reitera que, según la legislación autonómica, los apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico «no pueden utilizarse para otra finalidad distinta a la turística para la que están exclusivamente autorizados».
Además, recuerda que el pasado mes de septiembre, otra orden de la Comunidad de Madrid estableció también medidas de coordinación de las policías locales de los municipios atribuyéndoles funciones de control y vigilancia del cumplimiento de las normas sanitarias en las zonas básicas de salud con restricciones de movilidad.
Esta orden facultó también a los responsables de las policías locales a solicitar la colaboración de otros servicios de sus ayuntamientos o de la Comunidad Autónoma, especialmente voluntarios de Protección Civil, siempre dentro del marco establecido por las medidas temporales y excepcionales adoptadas por la covid-19.