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Este lunes los vehículos no residentes no podrán aparcar en la zona SER de Madrid

Prohibido aparcar en zona SER y a 70 km/h en la M-30. El Ayuntamiento de Madrid activa el Escenario 2 del protocolo por alta contaminación.

Los vehículos no residentes no podrán aparcar este lunes en la zona de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) de la ciudad de Madrid en el horario de esta servicio, de 9.00 a 21.00 horas. Además, la velocidad de circulación en el interior de la M-30 y en las vías de acceso a la ciudad continuará limitada a 70 kilómetros por hora.

Este martes 1 de octubre no se aplicaría el Escenario 3 del protocolo -prohibición de circular al 50% de los vehículos en la almendra central- por motivos excepcionales debido al regreso de puente de Todos los Santos, aunque se den las condiciones para su aplicación. Esta excepción está contemplada en el protocolo, y en el apartado 2 del decreto que lo activa firmado este domingo, 30 de octubre, por la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés.

De esta manera, el Ayuntamiento de Madrid mantiene activado el Protocolo de medidas por alta contaminación de dióxido de Nitrógeno (NO2), y activa el Escenario 2 con las correspondientes restricciones de circulación (limitación de velocidad en M30 y accesos a 70km/h) y aparcamiento en almendra central para no residentes. De este modo, los parquímetros no expenderán tiques e informarán en sus pantallas de la prohibición de aparcar.

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Esta medida se produce al sobrepasar en las estaciones de medición de Plaza de España, Ramón y Cajal y Escuelas Aguirre de la Red de Vigilancia de la Calidad del Aire los 180 microgramos/m3 de dióxido de nitrógeno (NO2) durante dos horas consecutivas (nivel de Preaviso), y siendo la previsión meteorológica desfavorable por la Agencia Española de Meteorología (AEMET).

EXCEPCIONES

No están afectados por esta medida los residentes en su barrio, los vehículos de mudanzas, diplomáticos u oficiales, los autotaxis en servicio cuando su conductor esté presente, los vehículos de alquiler (cuando su conductor esté presente) o los destinados a personas con movilidad reducida.

Tampoco los que dispongan del distintivo «cero emisiones» (vehículos que no sean de combustión interna: eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como vehículos eléctricos enchufables y vehículos eléctricos de rango extendido) y otros servicios esenciales: extinción de incendios, salvamento y protección civil, policía, agentes de movilidad, ambulancias y de asistencia sanitarias pública y privada, los que prestan servicios básicos de agua, gas y electricidad, etcétera).

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También podrán aparcar las unidades móviles de producción y transmisión audiovisuales, así como los titulares de autorización de Comerciales e Industriales del SER.

El Ayuntamiento recomienda la utilización del transporte público e informará a los ciudadanos de las restricciones al tráfico a través de la web municipal, paneles informativos de tráfico y DGT, CRTM/EMT, gabinete de tráfico, Emergencias Madrid, la web madrid.es  y las redes sociales.

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