El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la nulidad del despido colectivo de Coca-Cola Iberian Partners por vulneración del derecho de huelga, lo que hace inncesario analizar el resto de las cuestiones planteadas.
En concreto, la sala de lo Social entiende que durante la huelga convocada en contra del despido por el cierre del centro de Fuenlabrada (Madrid), la empresa sustituyó la producción dejada de realizar por la de otras embotelladoras del grupo, perjudiacdno así el adecuado desarrollo del periodo de consultas.
De esta forma, el tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Coca-Cola Iberian Partners, que afectó a 1.190 trabajadores y conllevó el cierre de cuatro plantas (Fuenlabrada, Alicante, Asturias y Palma de Mallorca).
La sentencia del Tribunal Supremo es directamente ejecutiva y va acompañada de la condena al embotellador del pago de los salarios de tramitación.